Las mujeres trabajadoras viven desprotegidas por sus propios sindicatos porque los Contratos Colectivos de Trabajo (CCT) se hicieron sin tomarlas en cuenta.
En promedio, cada Contrato Colectivo en México, sólo tiene 7.5 cláusulas que hacen referencia al trabajo de las mujeres y a las relaciones de género, revela un estudio elaborado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El documento "Contratos Colectivos de Trabajo y Condiciones Generales de Trabajo que no observan a las mujeres" detalla que en un análisis a 60 convenios, se contabilizaron 3 mil 529 cláusulas, de las cuales 415 hablan del empleo de mujeres.
Sin embargo, de ese total, sólo 45% refieren alguno de los temas de protección a la maternidad y 8% a equidad y género.
Laura García, consultora de Recursos Humanos de Manpower México, aseguró que la rotación de personal en las empresas mayoritariamente la encabezan las mujeres, porque no tienen el apoyo para enfrentar su maternidad y las consecuencias de ésta.
"Muchas mujeres optan por abandonar sus centros de trabajo por la falta de apoyo cuando están en un proceso de maternidad o cuando ya son madres. La falta, por ejemplo, de guarderías o horarios flexibles las obliga a dejar su trabajo", comentó.
Para Svenja Blanke, investigadora de la Fundación Friedrich Ebert México, en casi todos los CCT no hay cláusulas de género específicas.
"Faltan, por ejemplo, regulaciones para las mujeres embarazadas en sus lugares de trabajo.
"Sólo en muy pocos casos se obliga a las empresas al apoyo a través de medidas como trabajos más reducidos, guarderías y recesos más prolongados", advierte un análisis denominado "Género y Trabajo en México".
Agrega que ciertos Contratos Colectivos contienen cláusulas ilegales que discriminan a las trabajadoras debido a su género o a su libertad de reunión.
Otro ejemplo de la falta de protección a la mujer es en lo referente al hostigamiento y acoso sexual.
De 10 Contratos Colectivos de Trabajo de los sectores automotriz, eléctrico, petrolero, financiero y minero, en ningún caso se hace referencia ni se penaliza este problema, que afrontan 70% de las mujeres trabajadoras, según el Instituto Nacional de la Mujer.
Con la revisión a los CCT más importantes se pudo verificar que las condiciones laborales de las mujeres apenas están mencionadas.
En el CCT de los trabajadores del IMSS solamente en cinco cláusulas (30, 76, 77, 103 y 110) de las 153 hablan del trabajo femenino.
En el caso de Pemex, el panorama es peor. Solamente en tres (cláusulas 90, 100 y 102) se hace referencia a los derechos de la trabajadora.
La OIT asegura en México los sindicatos discriminan a las trabajadoras al no garantizar en sus Contratos Colectivos los derechos de las mujeres y establecer mejoras para ellas en sus centros de trabajo.
Un ejemplo de desigualdad en el trabajo es el acceso de la mujer a Luz y Fuerza del Centro. Apenas 10% de los 40 mil trabajadores de esta empresa son mujeres, y la mayoría son empleadas como secretarías y en el área de tabuladores.
Fuente: Reforma, viernes 23 de mayo

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